El capital humano es importante para una empresa porque contribuye al cumplimiento de los objetivos y beneficios que busca obtener dicha organización. Esto conlleva a que el trabajador sea eficaz y eficiente en sus labores. Por otro lado, el empleador debe cumplir con todas sus obligaciones laborales, una de ellas es el seguro de vida ley, que es cuando el trabajador, empleado u obrero tiene derecho a este seguro que está a cargo de su empleador, una vez cumplidos los cuatro años de trabajo al servicio del mismo. Sin embargo, el empleador está facultado a tomar el seguro a partir de los tres meses de servicio del trabajador. Este seguro se toma en beneficio del trabajador, cónyuge o conviviente al que se refiere el artículo 321 del Código Civil y de los descendientes; solo a falta de estos corresponde a los ascendientes y hermanos menores de 18 años.
Cabe señalar que el día 11 de febrero del 2020 entró en vigor la obligatoriedad del seguro de vida ley, y el 30 de diciembre del 2020 se publicó el Decreto de Urgencia n.° 044-2019, que obliga a las empresas a contratar un seguro de vida ley para sus trabajadores desde el inicio del vínculo laboral; es decir, desde el primer día de trabajo, independientemente del tiempo del contrato.
Por lo tanto, podemos ver que este seguro es importante para el trabajador, ya que en caso de que el trabajador sufra un accidente que le cause la invalidez permanente o que tenga una enfermedad mental que le impida efectuar un trabajo u ocupación o haya sufrido un accidente que le cause la muerte, este seguro no dejará desamparado al trabajador ni a su familia. Claramente, nos damos cuenta de que es un beneficio para el empleado.
No obstante, en caso de que el empleador no cumpliera con esta obligación y el trabajador falleciera o sufriera un accidente que lo invalide permanentemente, el empleador deberá pagar a sus beneficiarios el valor del seguro por fallecimiento natural que ascenderá a 16 remuneraciones que se establecen en base al promedio percibido en el último trimestre previo al fallecimiento. Si el fallecimiento es a consecuencia de un accidente, se abonará a los beneficiarios 32 remuneraciones mensuales percibidas por el trabajador fecha previa al accidente. Si sufriera invalidez permanente por un accidente se le abonará 32 remuneraciones mensuales de acuerdo con la remuneración percibida fecha previa al accidente y la multa respectiva por dicha infracción.
Entonces podríamos cuestionar que ¿esto es un perjuicio para el empleador? Según el párrafo precedente, si vemos que el empleador desembolsará más dinero, consecuentemente sería un perjuicio. Sin embargo, cabe precisar que la consecuencia económica la generó el empleador por incumplir lo establecido en la ley.
Lamentablemente existen empresas que están incumpliendo con esta norma, poniendo en riesgo a sus trabajadores y, por ende, a su patrimonio, exponiéndose a multas según la categoría: microempresas 0.11 UIT (544.50 soles), pequeña empresa 0.45 UIT (2,227.50 soles), no mype 1.57 UIT (7,771.50 soles).
Es comprensible que esta obligación aumente los costos laborales para las empresas privadas, incluidas las micro y pequeñas. Pero, lo preocupante de todo esto no es la multa, sino más bien lo que pasaría si no se contrata este seguro y llegara a ocurrir un accidente a uno de sus trabajadores.
Las empresas deben tomar buenas decisiones para mantenerse intachables y no verse perjudicadas con denuncias de sus trabajadores, sus derechohabientes y el mismo Ministerio de Trabajo que velará por el cumplimiento de las obligaciones del empleador con respecto a la contratación del seguro de vida.
Según lo mencionado en este artículo, se indica lo siguiente:
- Es importante para las empresas contar con personal idóneo que brinde la asesoría adecuada y no se incurra en infracciones afectando en consecuencia su propio patrimonio.
- El seguro vida es un pago que debe realizarse a favor del trabajador para no dejarlo desamparado, toda vez que la vida es un derecho constitucional.
- De no contratar este seguro, mantenerlo vigente o no pagar oportunamente la prima a favor de los trabajadores se incurrirá en multas.
- Las empresas deben velar por sus trabajadores cumpliendo con la contratación del seguro vida ley desde el primer día de trabajo para proteger a sus trabajadores ante cualquier situación de riesgo en el ambiente laboral como muerte natural, accidental o invalidez, para que no se vean perjudicadas si llegara a ocurrir algún accidente o deceso de su trabajador.
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