Por estos días se ha convertido en un tema de actualidad la norma de normas, la Constitución. La idea de una carta objetiva que regule la vida del Estado fue pensada inicialmente por Jellinek y puesta de manifiesto para la comunidad jurídica por Kelsen, ambos con la idea de la norma de mayor relevancia. La sociedad organizada en una comunidad compuesta por seres humanos requiere un orden y este debe ser por medio de la regulación objetiva, necesariamente. De la misma manera, se ideó la forma de controlar la supremacía normativa de la Constitución, lo más cercano a lo que conocemos como el Tribunal Constitucional en el Perú. En tal sentido, considerar una norma que regule la vida del Estado y un tribunal que garantice su vigencia completa el esquema de un orden social.
Teniendo una base sólida sobre la idea de una norma de normas que estructure y regule la vida de un Estado, la pregunta resulta obvia: ¿cómo se crea una nueva Constitución? La respuesta encierra diversos postulados teóricos y normativos no vinculantes, a efectos de la idea que deseamos transmitir, consideraremos a la que mejor se adecúa a lo que venimos desarrollando, una reunión de todo el Estado para generar esta norma de vital importancia.
La reunión de todas las personas que van a buscar legitimar una norma de normas se denomina asamblea constituyente. Indudablemente, se trata de una asamblea cuyo objetivo más inmediato es el de estatuir una Constitución. Sin embargo, no se trata de una reunión o asamblea cualquiera, sino tal como se ha pensado previamente, debe ser una en que sean partícipes todos los seres humanos que vayan a ser regidos por aquella norma. Conforme a lo que puede representar una reunión de tal magnitud, no podríamos pensar en una reunión de todos los peruanos, por ejemplo. Aun cuando los avances tecnológicos permitan una reunión de más de 33 millones de peruanos, sería inviable materialmente que todos participemos manifestando nuestra voluntad.
Por tal razón, se genera una idea más que podría dar una solución viable, que la asamblea esté compuesta por los seres humanos que representen a aquellos, entre los que podríamos destacar a los juristas más importantes o versados en el tema y a los que conformen determinada representatividad. La asamblea que redacte una Constitución debe tener aquellos rasgos o características.
Finalmente, también es importante destacar lo que continúa a la creación de una Constitución. La nueva norma de normas debe controlarse por quienes no han manifestado su voluntad para que confirmen que su redacción o los términos en que se ha redactado son conformes a su voluntad. Por esta razón, una alternativa de solución al problema de la validación por los seres humanos de la Constitución redactada es la consulta. Esta se dirige, ahora sí, a cada uno de los seres humanos que componen el Estado para su aprobación. Es un tema nuevamente en debate, pero representa una solución que debe hacerse mediante un referéndum.
A manera de conclusión, la asamblea constituyente crea la Constitución la misma que debe ser controlada y aprobada por todos los seres humanos del Estado, la vía que puede representar una alternativa es el referéndum.
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